Más de 9 mdp se logran recuperar como reparación del daño a víctimas gracias a la mediación penal.


El Poder Judicial del Estado de Aguascalientes materializa la justicia cercana, ágil y eficiente con el servicio de mediación también para asuntos penales, dónde las ventajas son reales.

 La víctima merece una reparación del daño y para ello se ofrece la alternativa del diálogo y el acuerdo para tener una salida distinta a un juicio frente a un conflicto derivado de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, robo, abuso de confianza, fraude, lesiones, daño en las cosas, aquellos delitos patrimoniales en lo que no se haya hecho uso de la violencia o delitos en que no haya existido la intención de causar el daño, los que conocemos como culposos. De esta forma se evita tener que agotar todas las etapas de un proceso penal para obtener la reparación del daño. 

Destaca la importancia de participar en un proceso de mediación, al tener la posibilidad de llegar a un acuerdo favorable, donde conforme a lo comentado por las personas que han participado, se sienten escuchadas, tratadas con respeto, con un tiempo de atención muy rápido, ya que una vez que el asunto es derivado por la persona Juzgadora Penal al Centro de Mediación, el tiempo promedio para solucionar el conflicto es de 12 días naturales, y el 98% de las personas recomendaría el servicio, logrando alcanzar un acuerdo 6 de cada 10 personas que aceptan participar en un proceso de mediación penal. 

Lo anterior significó que, durante el año 2025, las víctimas recuperaran $9,760.498.53 (Nueve millones setecientos sesenta mil cuatrocientos noventa y ocho pesos 53/100 M.N.), siendo el monto total consignado en los acuerdos por $19,353,578.34 (Diecinueve millones trescientos cincuenta y tres mil quinientos setenta y ocho pesos 34/100 M.N.), el monto restante es pagadero en meses subsecuentes de acuerdo con lo establecido en su respectivo acuerdo.  

Ante el cuestionamiento sobre ¿si se da cabida a la impunidad por que se puedan firmar múltiples acuerdos? se aclara que solo se podrá firmar por única ocasión un acuerdo por el mismo delito doloso, es decir, se cierra la puerta a que pueda pensarse que se trata de cometer un hecho, firmar un acuerdo, y volver a hacerlo. 

Se firman acuerdos reparatorios que permiten, según lo acordado entre las personas que intervienen en el proceso de mediación, recibir la reparación del daño mediante un pago inmediato, o a través de pagos diferidos que no pueden exceder el plazo de tres años. En caso de incumplimiento del acuerdo, se reanuda el proceso penal en la etapa en que se encontraba. 

A través del uso de los mecanismos alternativos de solución de controversias, como la mediación penal, se logra materializar otra vía para obtener la reparación del daño. 



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