El Cuarto Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito publicó su primera jurisprudencia en el Semanario Judicial de la Federación, a tan solo cuatro meses de la integración de su Pleno, lo que marca un avance relevante en su consolidación como órgano jurisdiccional y coloca al Tribunal y a Aguascalientes como un referente sólido en materia de administración de justicia.
El criterio que ya puede ser consultado con el registro digital 2031656 en la página web del buscador de tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, define qué juzgados deben resolver los amparos indirectos promovidos contra leyes que regulan el uso y resguardo de datos personales, particularmente aquellas relacionadas con la búsqueda de personas desaparecidas y la Ley General de Población.
El Tribunal determinó que estos asuntos deben ser conocidos por Juzgados de Distrito no especializados, siempre que no se trate directamente de actos de autoridades garantes en materia de transparencia o de la aplicación directa de leyes específicas sobre acceso a la información y protección de datos personales.
Con esta decisión, el Tribunal aporta certeza jurídica, evita conflictos de competencia y fortalece el principio de legalidad en la actuación de los órganos judiciales, en temas de especial relevancia social, además de que se contribuye a una administración de justicia pronta, expedita y confiable.
La jurisprudencia fue emitida por el Pleno del Cuarto Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, integrado por la Magistrada Presidenta Adriana Vázquez Godínez, la Magistrada Jenny Ruiz Ornelas y el Magistrado Mauricio Alafita Sáenz, quienes refrendan su compromiso con una justicia clara, técnica y accesible para la sociedad.

